sábado, 29 de marzo de 2014

UNITED NATIONS GENERAL ASSEMBLY VOTE ON UKRAINE´S TERRITORIAL INTEGRITY



Veto of Russia´s representantive during the meeting of March 15, 2014 at the United Nations Security Council (picture taken from press note).



The General Assembly adopted last March 27 a resolution on Ukraine’s territorial integrity without mentionning Russia. The drat resolution has been presented by Canada, Costa Rica, Germany, Lithuania, Poland and Ukraine. The text adopted underscores the invalidity of the 16 March referendum held in Crimea.

With 100 votes in favour, 11 against, 58 abstentions, and 24 "No show", the General Assembly adopted this resolution titled “Territorial integrity of Ukraine”, calling "upon all States, international organizations and specialized agencies not to recognize any alteration of the status of the Autonomous Republic of Crimea and the city of Sevastopol on the basis of the above-mentioned referendum and to refrain from any action or dealing that might be interpreted as recognizing any such altered status". The resoluction also "Underscores that the referendum held in the Autonomous Republic of Crimea and the city of Sevastopol on 16 March 2014, having no validity, cannot form the basis for any alteration of the status of the Autonomous Republic of Crimea or of the city of Sevastopol" (See final text adopted reproduced at the end of this note). Officials statements made by different State Members representatives are available here. A map edited by Tico Times (see article) gives an idea of the lack of support of Costa Rica and Canada initiative in the Americas during the vote: United States, México, Chile, Colombia and Perú among others voted in favour, ALBA States voted against, CARICOM States abstained as well as Argentina, Brazil, Ecuador, Paraguay and Uruguay.

Saint Vincent and The Grenadines representative explained the abstention of CARICOM Members States in the following terms: “Secessionist referenda, and referenda on sovereignty by ethnically or historically distinct inhabitants of a particular geographic space, should not be manipulated or selectively accepted by would-be imperial powers” and added in the same interview that "We note the sad irony that those most supportive of Kosovo’s unilateral declaration of independence now reject that of Crimea; while those with the strongest arguments against the ICJ (International Court of Justice) decision on the legality of the Kosovar UDI now cite it approvingly". Finally, for Saint Vincent and Grenadines representative, "those who have advised Argentina to take “careful note” of views of 99 per cent of the residents in the Islas Malvinas were now branding as invalid the opinions of 97 per cent of the residents of Crimea" (see full interview of The Gleaner, Jamaica). Reference to Kosovo 2008 declaration of independence in official statements listen in New York a few days ago must no be a surprise and we refer to a modest article on Crimea from legal perspective, including ICJ decision of 2010 on Kosovo (article in Spanish published in Tribuglobal last March 19, 2014): before ICJ proceedings, Spain and Latin American States that presented their legal opinions to ICJ judges(available here) were totally coincident on the illegality of Kosovo´s unilateral declaration of independance of February 2008. None of the States of Latin America that recognized Kosovo independence in 2008 sent their opinions to ICJ judges.



Supported by European Union and United States allies against Russia and its allies, we find among 58 abstentions the following: Afghanistan, Algeria, Banglasdesh, Brazil, Cambodia, China, Egypt, Eritrea, Ethiopia, Gabon, India, Irak, Pakistan, Senegal, South Africa, Uzbekistan and Zambia just to mention some of them. 24 Sates opted for the "No Show", including Bosnia Herzegovina, Ghana, Guinea-Bissau, Israel, Iran, Kyrgyztan, Lebanon, Morocco, Oman, Serbia, Tajikistan, Timor Leste, Turkmenistan, United Arab Emirates and Yemen among others. It is quite probable that Russia will take in the next days unilateral measures of retorsion against the UN Member States promoters of this initiative. Among the European Sates voting in favour of the text, we find Greece, Romania and Spain, that do no recognize Kosovo independance at the day of today, showing a certain consistency in their position. About the inconsistency of United States, European States and their allies regarding their positions towards Crimea and Kosovo, we read that: "Les contradictions en politique internationale et le mépris pour le droit international quand cela arrange les intérêts des uns ou des autres ont un prix. Les capitales occidentales sont restées désarmées face à la Russie. Pas militairement ou économiquement. Il s’agit d’un désarmement moral. A force d’ignorer les règles de base qui régissent les relations internationales en invoquant de faux arguments juridiques ou en prétendant que les actions en question «ne constituaient pas de précédents», à force de favoriser le morcellement des Etats, d’imposer une culture de la force dans les relations internationales, ceux qui prétendent représenter les valeurs démocratiques sur la scène internationale ont fini par affaiblir l’ossature du droit international et le système de sécurité collective" (See article of Professor Marcelo Kohen, "L´Ukraine et le respect du droit international" published in Le Temps /Switzerland).

------------------------RESOLUTION ADOPTED--------------------

Sixty-eighth session

Agenda item 33 (b)

Prevention of armed conflict: strengthening the role of mediation in the peaceful settlement of disputes, conflict prevention and resolution

Canada, Costa Rica, Germany, Lithuania, Poland and Ukraine: draft resolution

Territorial integrity of Ukraine

The General Assembly,

Reaffirming the paramount importance of the Charter of the United Nations in the promotion of the rule of law among nations,

Recalling the obligations of all States under Article 2 of the Charter to refrain in their international relations from the threat or use of force against the territorial integrity or political independence of any State, and to settle their international disputes by peaceful means,

Recalling also its resolution 2625 (XXV) of 24 October 1970, in which it approved the Declaration on Principles of International Law concerning Friendly Relations and Cooperation among States in accordance with the Charter of the United Nations, and reaffirming the principles contained therein that the territory of a State shall not be the object of acquisition by another State resulting from the threat or use of force, and that any attempt aimed at the partial or total disruption of the national unity and territorial integrity of a State or country or of its political independence is incompatible with the purposes and principles of the Charter,

Recalling further the Final Act of the Conference on Security and Cooperation in Europe, signed in Helsinki on 1 August 1975, the Memorandum on Security Assurances in Connection with Ukraine’s Accession to the Treaty on the Non-Proliferation of Nuclear Weapons, of 5 December 1994 (Budapest Memorandum), the Treaty on Friendship, Cooperation and Partnership between Ukraine and the Russian Federation of 31 May 1997, and the Alma-Ata Declaration of 21 December 1991,

Stressing the importance of maintaining the inclusive political dialogue in Ukraine that reflects the diversity of its society and includes representation from all parts of Ukraine,

Welcoming the continued efforts by the Secretary-General and the Organization for Security and Cooperation in Europe and other international and regional organizations to support de-escalation of the situation with respect to Ukraine,

Noting that the referendum held in the Autonomous Republic of Crimea and the city of Sevastopol on 16 March 2014 was not authorized by Ukraine,



1. Affirms its commitment to the sovereignty, political independence, unity and territorial integrity of Ukraine within its internationally recognized borders;

2. Calls upon all States to desist and refrain from actions aimed at the partial or total disruption of the national unity and territorial integrity of Ukraine, including any attempts to modify Ukraine’s borders through the threat or use of force or other unlawful means;

3. Urges all parties to pursue immediately the peaceful resolution of the situation with respect to Ukraine through direct political dialogue, to exercise restraint, to refrain from unilateral actions and inflammatory rhetoric that may increase tensions, and to engage fully with international mediation efforts;

4. Welcomes the efforts of the United Nations, the Organization for Security and Cooperation in Europe and other international and regional organizations to assist Ukraine in protecting the rights of all persons in Ukraine, including the rights of persons belonging to minorities;

5. Underscores that the referendum held in the Autonomous Republic of Crimea and the city of Sevastopol on 16 March 2014, having no validity, cannot form the basis for any alteration of the status of the Autonomous Republic of Crimea or of the city of Sevastopol;

6. Calls upon all States, international organizations and specialized agencies not to recognize any alteration of the status of the Autonomous Republic of Crimea and the city of Sevastopol on the basis of the above-mentioned referendum and to refrain from any action or dealing that might be interpreted as recognizing any such altered status.

jueves, 27 de marzo de 2014

Asamblea General de Naciones Unidas aprueba resolución sobre integridad territorial de Ucrania sin mencionar a Rusia



Veto del representante de Rusia durante sesión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas del 15 de marzo del 2014 (foto extraída de nota de prensa).


Asamblea General de Naciones Unidas aprueba resolución sobre integridad territorial de Ucrania sin mencionar a Rusia


A 12 días de una sesión sabatina del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Crimea durante la cual una resolución de los Estados Unidos fue objeto de un veto por parte Rusia (una cita que antecedió por menos de 24 horas la consulta popular realizada en Crimea el 16 de marzo sobre la que remitimos a una modesta nota), la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el pasado 27 de marzo una resolución sobre Ucrania. 

Es de notar que ante la maniobra presentada a iniciativa de Estados Unidos ante el Consejo de Seguridad el 15 de marzo, era predecible que una versión similar del texto fuese sometida al órgano plenario de las Naciones Unidas. A este respecto, el borrador de la resolución norteamericana – texto en francés y en inglés disponible aquí - puede ser comparado con el contenido de la resolución reproducido al final de esta nota. El texto de la resolución aprobada el pasado 27 por la Asamblea General solicita entre otros, a los Estados "a que desistan y se abstengan de cometer actos encaminados a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de Ucrania, incluidos los intentos de modificar las fronteras de Ucrania mediante la amenaza o el uso de la fuerza u otros medios ilícitos". Adicionalmente, la resolución aprobada "Exhorta a todos los Estados, organizaciones internacionales y organismos especializados a que no reconozcan ninguna modificación del estatuto de la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sebastopol sobre la base del citado referendo y a que se abstengan de todo acto u operación que pudiera interpretarse como un reconocimiento de ese estatuto modificado".

Cabe indicar desde ya que el texto no menciona expresamente a Rusia en ninguno de sus párrafos, como tampoco la presencia de fuerzas militares rusas. De igual manera no aparece la palabra “anexión” en el texto de dicha resolución. Este leve detalle de forma debe ser considerado a la hora de valorar el título de gran cantidad de cables noticiosos que refirieron precisamente a estos términos en la tarde del 27 de marzo.
 

Los Estados proponentes de la resolución

El texto de la resolución adoptada fue propuesto por Alemania, Canadá, Costa Rica, Lituania, Polonia y Ucrania. Es entendible que el Canadá del Primer Ministro Harper y Alemania (por parte de la Unión Europea) aparezcan en esta lista de promotores conjuntamente con Ucrania y con dos Estados que han tradicionalmente mantenido relaciones tensas con Rusia (y segundado desde un inicio de la crisis a Ucrania en contra de Rusia) como lo son Polonia y Lituania. Se mantienen no obstante interrogantes sobre la escogencia de Costa Rica para participar a esta delicada iniciativa.

No es la primera vez que un Estado de Centroamérica aparece en álgidas contiendas de esta naturaleza. Habíamos tenido la oportunidad de referir al caso de Centroamérica en relación a Kosovo y a Osetia y Abjasia del Sur en los siguientes términos: “El caso inédito de Centroamérica: en el caso de la separación por parte de una provincia seguida por una proclamación de independencia, varios casos recientes han tenido algunas repercusiones en Centroamérica: Osetia del Sur y Abjasia, provincias de Georgia autoproclamadas independientes en agosto del 2008 son en la actualidad reconocidas por seis estados, entre los cuáles Nicaragua (y Venezuela en relación al resto de América Latina). Según el orden de los reconocimientos, Nicaragua fue el segundo estado en hacerlo después de Rusia. Por su parte Costa Rica fue el primer Estado (antes que Estados Unidos y Francia) en el mundo en reconocer la independencia de Kosovo, proclamada por las autoridades kosovares en febrero del 2008” (Nota 1). Con respecto a Costa Rica, es importante recordar que, de manera solidaria con las autoridades de Ucrania (y algo solitaria en relación al resto de América Latina), Costa Rica había externado mediante comunicado de prensa oficial su “extrema preocupación” el pasado 4 de marzo pasado al declarar que: "El Gobierno de Costa Rica ha seguido con extrema preocupación el desarrollo de los acontecimientos de las últimas semanas en Ucrania, en particular la reciente violación a su soberanía e integridad territorial por parte de fuerzas extranjeras desplegadas en Crimea” (ver nota de prensa del 4/3/2014 de Elpais.cr).


El resultado de la votación en la Asamblea General, con especial referencia a América Latina

El texto de la resolución fue aprobado por 100 votos a favor, 11 en contra y 58 abstenciones, mientras que 24 Estados decidieron no participar en la votación.

Entre los Estados de América Latina que votaron a favor se encuentran Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Guatemala, Haití, Honduras, México, Panamá y Perú. Entre los que votaron en contra figuran Bolivia, Cuba, Nicaragua y Venezuela. Finalmente, entre los que se abstuvieron encontramos a Argentina, Brasil, Ecuador, El Salvador, Paraguay y Uruguay (así como los Estados anglófonos del Caribe, sin excepción de ningún tipo). El caso de Argentina resulta de interés en la medida en que Argentina apoyo el texto presentado hace 15 días ante el Consejo de Seguridad y cambió de parecer justificándose en razón de la “lectura sesgada” del texto propuesto a la Asamblea General (ver declaraciones del Jefe de Gabinete de la Presidenta Kirchner). Para la representante de Argentina, “Mi país lamenta que no hayan sido debidamente escuchados por las partes involucradas en la situación que hoy analizamos los reiterados llamados hechos por la comunidad internacional a apegarse a los principios a los que todos hemos adherido como miembros de Naciones Unidas. A respetar la primacía del principio de integridad territorial, la soberanía y la independencia política de todos los Estados, a abstenerse de intervenir militar, económica o políticamente en los asuntos internos de otros Estados, a ajustar los actos estrictamente al derecho internacional y a la Carta de las Naciones Unidas. Son principios de los cuales la Argentina no se apartará de respetarlos al tiempo que deplora el doble standard de varios miembros de esta comunidad que adaptan sus acciones y discursos a las necesidades geopolíticas con los cuales pretenden avanzar en confrontaciones particulares” (ver texto del discurso pronunciado).

Por su parte, en declaraciones dadas a la prensa de su país, el Presidente de Ecuador declaró que: “… en la votación de esta semana en Naciones Unidas, la instrucción al representante de Ecuador fue de abstenerse. No aceptar la posición del Gobierno ucraniano, que es la posición de Estados Unidos, ni tampoco la posición rusa. Ecuador se mantendrá en esa postura, según Correa, mientras la crisis en Crimea no se resuelva por completo y mientras Ucrania no tenga un Gobierno legítimamente elegido por el pueblo”. Finalmente, es de recalcar que las declaraciones dadas por el representante de Costa Rica durante la discusión y votación de la resolución sobre Ucrania acaecidas el pasado 27 de marzo no pasaron desapercibidas: un influyente medio de prensa en los Estados Unidos - el New York Times - destacó de inmediato la posición del Embajador de Costa Rica, una noticia que, a su vez, fue destacada por las máximas autoridades en San José en las redes sociales (ver nota de Costa Rica Hoy).

Con esta votación, América Latina (y el hemisferio americano en general) exhiben de esta manera una posición sumamente dividida sobre este tema. Belice por su parte optó por no participar al voto, conjuntamente con otros 23 Estados miembros de Naciones Unidas. En este enlace se puede revisar el resumen de las motivaciones y explicaciones de voto de los representantes de los Estados Miembros de las Naciones Unidas (documento en inglés). El texto original (en español) de algunas de las alocuciones de los representantes de varios Estados de América Latina están disponibles: se trata de la de Argentina, de Brasil (en inglés), de Costa Rica, de la posición de Guatemala, y de la externada por Nicaragua. Es de esperar que algún observatorio latinoamericano de política internacional sistematice las posiciones de los demás Estados de América Latina que tomaron la palabra (ojalá el texto integral del discurso pronunciado por su representante) de manera a poder valorar su contenido (y las motivaciones de cada uno de ellos para votar de una u otra manera o abstenerse). En México (cuyo representante voto a favor de la resolución), una encuesta reciente indica que el 72 % de los mexicanos consideran que México no debió de inmiscuirse en la crisis ucraniana (ver artículo de El Excelsior, 31/03/2014).



Mapa sobre los votos obtenidos en Naciones Unidas por parte de los Estados de América Latina, realizado por el Tico Times (ver artículo).

Aunado a las posiciones oficiales expresadas (voto a favor, en contra y abstenciones) hay que añadir que 24 Estados decidieron no hacerse presentes durante la votación (técnica del "No Show"), entre los cuáles aparece únicamente Belice por parte del hemisferio americano: los demás Estados que optaron por esta peculiar técnica son, entre otros, Bosnia Herzegovina, Ghana, Guinea-Bissau, Israel, Irán, Kirguistán, Líbano, Marruecos, Omán, Serbia, Tayikistán, Timor Oriental, Turkmenistán, Emiratos Árabes Unidos y Yemen.

Se lee en un comunicado de prensa de Naciones Unidas sobre la posición de América Latina que: "La mayoría de los Estados caribeños del CARICOM se abstuvieron. La representante de San Vicente y las Granadinas, Inga Rhonda King, expresó sus razones. “Comprobamos la triste ironía de que los que más apoyaron la declaración unilateral de independencia de Kosovo ahora rechazan la decisión de Crimea. Igualmente vemos que los que le dicen a Argentina que tome nota cuidadosa de la opinión del 99% de los residentes de las Islas Malvinas, ahora deciden que no es válida la del 97% de los residentes de Crimea”, dijo la embajadora".


La sombra de Kosovo

La referencia al precedente de Kosovo del 2008 en las declaraciones de la representante de San Vicente y las Granadinas (y en varias de las posiciones oficiales externadas durante la votación realizada en Nueva York el pasado 27 de marzo) no debe sorprender. Nos permitimos remitir el lector a nuestro modesto artículo sobre el tema de Crimea desde una perspectiva histórica y jurídica publicado en estas mismas páginas).

Vale la pena recordar que, ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), solicitada en el 2008 para dar una opinión consultiva sobre la legalidad de la proclamación unilateral de independencia kosovar, España y los Estados de América Latina que presentaron sus opiniones jurídicas ante los jueces coincidieron en la ilegalidad de dicha proclamación desde la perspectiva del derecho internacional público. Los Estados de América Latina que reconocieron a Kosovo de manera “prematura”, para usar la expresión del profesor belga Olivier Corten (Nota 2) no sintieron necesidad alguna de hacer llegar su posición a los jueces de la CIJ.

Kosovo dio recientemente lugar a un extraño lapsus del Presidente Barack Obama, en relación a un supuesto referéndum kosovar (el cual nunca tuvo lugar): dar lecciones de historia contemporánea reciente al Presidente de los Estados Unidos constituyó para la diplomacia rusa una oportunidad que no desaprovechó. Remitimos al lector a una interesante nota de prensa sobre este lapsus presidencial, el cual puede revelar varias cosas: ya sea el grado de conocimiento (algo aproximativo) del caso kosovar, o bien el grado de improvisación discursiva de las máximas autoridades a cargo de la diplomacia norteamericana.

Entre los Estados de la Unión Europea que votaron a favor de la resolución sobre Ucrania el pasado 27 de marzo, encontramos a España, a Grecia, y a Rumanía, los cuáles, a la fecha, no reconocen la independencia del Kosovo: este grupo de Estados exhibe de esta manera una posición consistente en ambos casos desde el punto de vista político y jurídico. Notemos que a inicios del 2014, España y los demás Estados que no reconocen a Kosovo fueron “animados” por el Parlamento de la Unión Europea a cambiar de posición (ver nota de prensa). Es probable que la cuestión de Crimea los lleve ahora a mantenerse aún más decididos que nunca a no cambiar de parecer en relación a Kosovo.

En lo que respecta a Estados Unidos, a la Unión Europea y a sus aliados en cuanto a la valoración distinta en el caso de Kosovo y en el de Crimea, referimos al lector a la conclusión del profesor Marcelo Kohen (Suiza), quién no dudo en escribir que: "Les contradictions en politique internationale et le mépris pour le droit international quand cela arrange les intérêts des uns ou des autres ont un prix. Les capitales occidentales sont restées désarmées face à la Russie. Pas militairement ou économiquement. Il s’agit d’un désarmement moral. A force d’ignorer les règles de base qui régissent les relations internationales en invoquant de faux arguments juridiques ou en prétendant que les actions en question «ne constituaient pas de précédents», à force de favoriser le morcellement des Etats, d’imposer une culture de la force dans les relations internationales, ceux qui prétendent représenter les valeurs démocratiques sur la scène internationale ont fini par affaiblir l’ossature du droit international et le système de sécurité collective" (Nota 3).


La reacción de Rusia

Por su parte, Rusia fustigó esta resolución de la Asamblea General (ver nota de prensa) y denunció las presiones ejercidas sobre varios Estados por parte de Estados Unidos y de la Unión Europea para que votaran a favor de esta resolución en los siguiente términos, no sin referirse también a la guerra mediática: "Se ha puesto a toda marcha lo que ha quedado de la máquina propagandística de la 'guerra fría' para quitar importancia a la crisis política más profunda en Ucrania y echar la culpa por la escalada de tensión a la Federación de Rusia". A este respecto, vale la pena indicar que poco ha trascendido en los medios de prensa de habla hispana en relación a la presencia de mercenarios de la compañía privada Blackwater Worldwide en Ucrania a inicios del mes de marzo del 2009 (“El 9 de marzo se ha denunciado la presencia de personal militar de la compañía privada estadounidense Blackwater Worldwide en las calles de Donetsk. A estas denuncias se le sumaron la publicación en Internet de videos donde aparecen dichos militares”: ver nota 266 de reporte de Wikipedia).

A menos de 24 horas después de votada la resolución en Nueva York, Moscú anunció su control absoluto sobre Crimea así como la devolución de armamento, de equipamiento y de los últimos mandos militares del ejército leales a Kiev a las autoridades de Ucrania (ver nota de prensa). Como anécdota, información difundida en medios de prensa refiere además al hecho que el programa militar de adiestramiento de delfines que el Ejército de Ucrania había mantenido desde el delfinario de Sebastopol volverá a manos del sus gestores (ver nota de prensa).


Conclusión

La profunda desunión del continente americano en la votación de esta resolución indican que las gestiones de Canadá (y muy probablemente de Estados Unidos) a nivel hemisférico (y posiblemente de Costa Rica a nivel latinoamericano) no parecieran haber sido muy fructíferas. No es la primera vez que esto ocurre en el caso de Estados Unidos y de Canadá. No obstante, el resultado obtenido le plantea a Costa Rica algunos desafíos futuros al haber asumido a inicios del 2014 la Presidencia Pro Tempore de la Comunidad de Estados de América Latina y del Caribe (CELAC).

Es muy probable que Rusia adopte en los próximos días una serie de medidas unilaterales (bajo la forma de medidas de represalias o de retorsión) contra algunos de los Estados que aceptaron proponer esta iniciativa. En estos días se anuncia que el precio del gas ruso a Ucrania aumentó en un 40% (ver nota de prensa). Para suerte de Polonia y de Lituania, la época del año en que más gas ruso se consume está superada, con la venida de una cálida primavera europea. En relación a los Estados que votaron a favor de esta resolución, recientes declaraciones del embajador de Rusia en México indican que, al menos en el caso de México, Rusia es consciente de las diferencias de criterios: “claro que tenemos tratamientos distintos y podemos tener puntos de vistas distintos sobre ciertas cosas”. Paralelamente, es posible que Rusia entable negociaciones políticas con Estados Unidos al más alto nivel en aras de encontrar una salida política a la controversia suscitada y que ha dado lugar a una escalada raramente vista entre ambos.



Nota 1: Véase nuestra modesta nota: “La consulta realizada en Crimea: breve puesta en perspectiva”, Elpais.cr, 20 de marzo del 2014. Disponible aquí.

Nota 2: Véase CORTEN O., “Déclarations unilaterales d´indépendance et reconnaissances prématurées: du Kosovo à l´Ossétie du Sud et à l´Abkhazie”, Vol. 112, Revue Générale de Droit International Public (2008, IV), pp. 721-759. Texto del artículo completo disponible aquí.

Nota 3: Véase KOHEN. M., "L´Ukraine et le respect du droit international " articulo publicado en Le Temps, Lausanne, Suiza.



La presente nota fue publicada en Tribuglobal asi como en Elpais.cr. Una versión más reducida fue editada bajo la forma de un artículo de opinión en Cambiopolítico y en Alainet así como en Informa-tico y en Periodistas en Español y en la edición de CRHoy.



------------------- TEXTO DE LA RESOLUCIÓN APROBADA--------------

Sexagésimo octavo período de sesiones

Tema 33 b) del programa

Prevención de los conflictos armados: fortalecimiento de la función de mediación en el arreglo pacífico de controversias, la prevención de conflictos y su solución


Alemania, Canadá, Costa Rica, Lituania, Polonia y Ucrania: proyecto de resolución

Integridad territorial de Ucrania

La Asamblea General,

Reafirmando la importancia fundamental de la Carta de las Naciones Unidas en la promoción del estado de derecho entre las naciones,

Recordando las obligaciones que incumben a todos los Estados, con arreglo al Artículo 2 de la Carta, de abstenerse en sus relaciones internacionales de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado y de solucionar sus controversias internacionales por medios pacíficos,

Recordando también su resolución 2625 (XXV), de 24 de octubre de 1970, en la que aprobó la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional Referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados de Conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, y reafirmando los principios que figuran en ella de que el territorio de un Estado no será objeto de adquisición por otro Estado derivada de la amenaza o el uso de la fuerza, y que todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un Estado o país o su independencia política es incompatible con los propósitos y principios de la Carta,

Recordando además el Acta Final de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, firmada en Helsinki el 1 de agosto de 1975, el Memorando de Garantías de Seguridad en Relación con la Adhesión de Ucrania al Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares, de 5 de diciembre de 1994 (Memorando de Budapest), el Tratado de Amistad, Cooperación y Asociación entre Ucrania y la Federación de Rusia, de 31 de mayo de 1997, y la Declaración de Alma-Ata de 21 de diciembre de 1991, A/68/L.39

Destacando la importancia de mantener un diálogo político inclusivo en Ucrania que refleje la diversidad de su sociedad y cuente con representación de todas las partes de Ucrania,

Acogiendo con beneplácito los constantes esfuerzos del Secretario General y de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y otras organizaciones internacionales y regionales con miras a reducir la tensión con respecto a Ucrania,

Observando que el referendo celebrado en la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sebastopol el 16 de marzo de 2014 no contó con la autorización de Ucrania,

1. Afirma su determinación de preservar la soberanía, la independencia política, la unidad y la integridad territorial de Ucrania dentro de sus fronteras reconocidas internacionalmente;

2. Exhorta a todos los Estados a que desistan y se abstengan de cometer actos encaminados a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de Ucrania, incluidos los intentos de modificar las fronteras de Ucrania mediante la amenaza o el uso de la fuerza u otros medios ilícitos;

3. Insta a todas las partes a que procuren alcanzar inmediatamente una solución pacífica para la situación en Ucrania mediante el diálogo político directo, actúen con moderación, se abstengan de adoptar medidas unilaterales y hacer declaraciones que enardezcan los ánimos y puedan aumentar las tensiones, y participen plenamente en las iniciativas internacionales de mediación;

4. Acoge con beneplácito las iniciativas de las Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y otras organizaciones internacionales y regionales para ayudar a Ucrania a proteger los derechos de todas las personas en Ucrania, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías;

5. Recalca que el referendo celebrado en la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sebastopol el 16 de marzo de 2014, al no tener validez, no puede servir de base para modificar el estatuto de la República Autónoma de Crimea o de la ciudad de Sebastopol;

6. Exhorta a todos los Estados, organizaciones internacionales y organismos especializados a que no reconozcan ninguna modificación del estatuto de la República Autónoma de Crimea y la ciudad de Sebastopol sobre la base del citado referendo y a que se abstengan de todo acto u operación que pudiera interpretarse como un reconocimiento de ese estatuto modificado

domingo, 16 de marzo de 2014

CRIMEA OPTA POR ANEXIÓN A RUSIA EN MEDIO DE POLÉMICA INTERNACIONAL -/- CRIMEA CONSULTATION: THE DECISION TO JOIN RUSSIA AND THE DIPLOMATIC BATTLE



Mapa de la península de Crimea extraida de Elmundo.es (ver artículo). Foto de la agencia AFP, extraida de artículo de prensa de México, en la que se observa al representante de Rusia en el Consejo de Seguridad vetando la resolución presentada por Estados Unidos.

En medio de amenazas de sanciones por parte de la Unión Europea y de Estados Unidos contra Rusia, fuentes de prensa indican que el 95,5% de los votantes en Crimea optaría por la anexión a Rusia en la consulta realizada en el día de hoy (ver nota de prensa). A 24 horas de realizarse, un intento de resolución impulsada por Estados Unidos y Europa ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas objetando las condiciones de esta consulta fue objeto de un veto por parte de Rusia y de una abstención por parte de China el pasado sábado 15 de marzo (ver nota de prensa oficial de Naciones Unidas), pese a 13 votos a su favor de los 15 posibles en el Consejo de Seguridad (ver nota de prensa). La resolución, cuyo texto es considerado como "blando" al no referirse expresamente a Rusia, llamaba a no reconocer los resultados de la consulta prevista en Crimea: ver texto del borrador de la resolución norteamericana que circuló en francés y en inglés disponible aquí. Leemos en el mismo comunicado oficial de las Naciones Unidas sobre esta resolución que: "The resolution would have reaffirmed Ukraine's “sovereignty, independence, unity and territorial integrity” and declared that Sunday's referendum which could lead to Crimea's break with Ukraine and union with Russia, “can have no validity”. Speaking ahead of the vote, Russian Permanent Representative to the UN, Vitaly Churkin, said it was “no secret” that Russia was planning to vote against the draft. He added that Moscow would respect the decision of the Crimeans but could not accept the basic assumption of the draft resolution which aimed “to declare illegal the planned March 16 referendum where residents of the Republic of Crimea should decide on their future”. El veto del Embajador de Rusia ante los demás miembros del Consejo de Seguridad impidió la adopción de esta resolución por parte del Consejo de Seguridad. Posterior al veto, los representantes de los Estados Miembros del Consejo tomaron la palabra (ver video de las sesión del 15 de marzo presidida por Luxemburgo). Por parte de América Latina, tomaron la palabra Chile y Argentina. Como bien se sabe, al igual que China, Estados Unidos, Francia y Reino Unido, Rusia es uno de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad al que la Carta de las Naciones de 1945 les reconoce el derecho a veto. Este derecho al veto explica que por ejemplo el Consejo de Seguridad difícilmente se pronuncie de manera vehemente sobre Israel (veto de Estados Unidos), sobre lo que ocurre en Darfur (veto de China), sobre lo que ocurre en Siria (veto de China y de Rusia) o, en el pasado, sobre lo que ocurre en algunos Estados aliados de Francia o del Reino Unido (veto de Francia o del Reino Unido), entre muchas situaciones que sacuden regularmente a la sociedad internacional. Remitimos al lector a un muy completo estudio del 2008 publicado en el Anuario Colombiano de Derecho Internacional de la profesora María Isabel Torres Cazorla, titulado “El derecho de veto en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas: la historia de la válvula de seguridad que paralizó el sistema” (Nota 1). Este estudio permite valorar con mucha mayor precisión algunas ideas (algo equivocadas…) sobre quiénes han usado de manera más sostenida que otros el derecho al veto en los últimos decenios para proteger a sus aliados o sus intereses,

Se lee en medios de prensa que fueron dos las preguntas hechas a la población crimea este Domingo: "¿Está usted a favor de la reunificación de Crimea con Rusia como sujeto de la Federación Rusa?", reza la primera opción de la papeleta. La otra pregunta es: "¿Está usted a favor de restablecer la Constitución de 1992 y el estatus de Crimea como parte de Ucrania previsto en ella?" (ver nota de prensa).

Cabe recordar que el pasado 6 de marzo, el Parlamento crimeo proclamó la independencia de Crimea, refiriéndose expresamente al precedente del Kosovo en el 2008. De manera a sopesar este argumento, se recomienda la lectura de la entrevista al Director del CEDIN Jean-Marc Thouvenin en relación a comparar el alcance, desde el punto de vista jurídico, de ambas situaciones (Kosovo y Crimea), publicada en La Razón. Sobre el curioso efecto de "paralelismo inversa" de las motivaciones y justificaciones dados por los Estados que promovieron y reconocieron a Kosovo en Febrero del 2008 en relación a los que objetaron ese reconocimiento, y las motivaciones que llevaron a otro grupo de Estados a reconocer a Abjasia y a Osetia del Sur 6 meses más tarde (mientras otros lo objetaban) remitimos al interesante artículo del profesor Olivier Corten (Bélgica). El texto de la proclamación de independencia del Parlamento de Crimea del 6 de marzo refiere de igual forma a la Carta de las Naciones Unidas, al principio de la libre determinación de los pueblos, y a la opinión consultiva (ver texto) sobre la declaración unilateral del Kosovo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) del 22 de julio del 2010, declarada conforme al derecho internacional por 10 votos contra 4 por los jueces de la CIJ. Se lee en efecto que: " "Leur texte invoque la Charte des Nations unies et « toute une série d'autres documents internationaux établissant le droit des peuples à l'autodétermination », ainsi que l'avis rendu par la Cour internationale de justice le 22 juillet 2010, selon lequel « la proclamation unilatérale d'indépendance par une partie d'un Etat ne viole aucune norme du droit international ». La referencia a la polémica y muy cuestionada opinión de la CIJ del 2010 en relación al Kosovo es parte de la batería de argumentos políticos y jurídicos que muy probablemente esgrimirá Rusia en los próximos días (Nota 2): intentando así poner en jaque a varias cancillerías de Europa que respaldaron la independencia de Kosovo en el 2008 - y que lo volvieron a hacer de manera más explícita y fundamentada desde el punto de vista jurídico ante la CIJ bajo la forma de opiniones jurídicas ante los jueces de la CIJ (ver listado de posiciones de Estados y opiniones jurídicas presentadas ante la CIJ): por parte de América Latina encontramos en este listado las opiniones oficiales - todas en contra de reconocer la legalidad del actuar de Kosovo - de Argentina, Bolivia, Brazil y Venezuela.

El probable reconocimiento por parte de Rusia de los resultados obtenidos en Crimea dará posiblemente lugar a una intensa batalla diplomática para frenar esta anexión a Rusia mediante el reconocimiento formal por parte de otros Estados del planeta. Como bien se sabe, el reconocimiento es un acto jurídico unilateral mediante el cual un Estado acepta que una situación de hecho surte algún efecto de tipo jurídico. La protesta por su parte busca por el contrario que dicha situación de hecho no produzca efecto jurídico alguno. En el caso de la separación por parte de una provincia seguida por una proclamación de independencia, varios casos recientes han tenido algunas repercusiones en Centroamérica: Osetia del Sur y Abjasia, provincias de Georgia autoproclamadas independientes en agosto del 2008 son reconocidas por 6 Estados, entre los cuáles Nicaragua y Venezuela. Según el orden de los reconocimientos, Nicaragua fue el segundo Estado en hacerlo después de Rusia. Por su parte Costa Rica fue el primer Estado en el mundo en reconocer la independencia de Kosovo, proclamada por las autoridades kosovares en febrero del 2008, la cual cuenta con 107 reconocimientos de Estados, entre los que figuran por parte de América Latina únicamente los siguientes Estados: Colombia, Costa Rica, El Salvador, Haití, Honduras, Panamá, Perú y República Dominicana. Es de notar que España por su parte, al igual que Grecia, Eslovaquia y Rumanía, entre otros, no lo ha querido hacer debido, entre otras razones, a la sensibilidad del tema de la autonomía de algunas provincias españolas (así como griegas, eslovacas y rumanas). Especialistas españoles de renombre han precisamente sostenido, como varios otros especialistas en derecho internacional, que "En nuestra opinión la Declaración de Independencia de Kosovo es ilegal y contraria, por tanto, al Derecho internacional" (ver estudio publicado por el Real Instituto del Cano). Al día de hoy, España, como la mayor parte de los Estados de América Latina y muchos otros Estados, parece mantener su objección a validar la experiencia kosovar del 2008 de manera a no sentar un precedente funesto para la estabilidad de la sociedad internacional.

Son varios los casos en la actualidad de Estados con un reconocimiento limitado por parte de los demás Estados, pero muy pocos los casos de declaraciones de independencia seguidas de anexiones "voluntarias" reconocidas como tal. La Unión Europea ha declarado el día anterior a la realización de la consulta en Crimea que la considera "ilegal" (ver nota de prensa) y es probable que Estados Unidos desconozca los resultados de la consulta realizada y llame a los demás Estados a no hacerlo. La diplomacia francesa por su parte ha denunciado la ilegalidad y ha advertido a Rusia de una peligrosa escalada. Se lee que el jefe de la diplomacia francesa ha considerado " "illégal" le référendum dimanche en Crimée en faveur d'un rattachement à la Russie, et appelé Moscou à "éviter une escalade inutile et dangereuse en Ukraine" (ver nota de prensa). Por su parte los altos mandos militares de Ucrania y de Rusia acordaron una corta "tregua" en relación a movimientos de tropa, de aquí al 21 de marzo, día en que la Duma rusa conocerá en sesión solemne el tema de la anexión de Crimea a Rusia (ver nota de prensa). El pasado 13 de marzo, Ucrania presento un recurso inter-estatal contra Rusia ante la Corte Europea de Derechos Humanos (ver nota del boletín Sentinelle de la SFDI), posiblemente en razón de la dificultad de recurrir contra Rusia en un contencioso ante la CIJ (Nota 3): en el año 2008, una gestión de Georgia contra Rusia ante la CIJ no brindó mayor frutos al declararse la CIJ incompetente en el 2011.

Nota 1: Este artículo es de enorme interés y se recomienda revisar el cuadro en p. 84 sobre el uso hecho por los cinco miembros permanentes desde 1945 del derecho al veto, así como el cuadro detallado sobre las diversas situaciones objeto de un veto (pp. 67- 82). En caso de no encontrar el documento en línea en la red, puede ser solicitada una copia en PDF al siguiente correo electrónico: cursodicr@gmail.com

Nota 2: El texto de esta opinión consultiva en español puede verse aquí. Remitimos al lector al número especial de la Revista Española de Derecho Internacional sobre esta polémica sentencia de la CIJ (y a artículo analizando la posición de España sobre Kosovo, disponible aquí).En un análisis crítico de esta sentencia publicada por el profesor Pablo Moscoso, este no duda en concluir que: “No cabe duda, por otro lado, que han sido razones políticas las que han llevado a la Corte ha optar dar su respuesta como lo hizo, evitando tomar posición sobre si Kosovo es o no un Estado”. (Ver artículo). En un artículo igualmente crítico, la profesora Carmen López-Jurado Romero de la Cruz había vaticinado en sus conclusiones que (p. 28):” Lo grave del asunto es que la CIJ ha precisado que el principio de la integridad territorial queda relegado a las relaciones entre Estados y que, si se quiere otra situación en el estadio actual del DI, ésta debe pasar por una decisión del Consejo de Seguridad adoptada de conformidad con el capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas. Vuelvo a recordar que el Consejo de Seguridad es un órgano político que está condicionado por un sistema de adopción de decisiones que confiere a cinco países –sus miembros permanentes- el derecho de veto. Por eso se puede cuestionar la opinión de los países que han apoyado la independencia de Kosovo cuando señalan que Kosovo es un caso único, y que no constituye un precedente, porque tampoco ellos están en condiciones de asegurar que el Consejo de Seguridad vaya a actuar en este sentido ante situaciones similares. El futuro nos indicará hasta qué punto la independencia de Kosovo ha animado otros procesos de secesión”.

Nota 3: El 12 de agosto del 2008, Georgia interpuso una acción contra Rusia ante la CIJ por violación a la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial de las Naciones Unidas. En su decisión del 1ero de abril del 2011, la CIJ por 10 votos contra 6, aceptó declararse incompetente (ver texto completo de la decisión).





La presente nota fue publicada en Cambio Politico así como en Informa-tico el 16 y el 17 de marzo del 2014 respectivamente, así como bajo la forma de un artículo de opinión en Periodistas-es. Una versión ampliada fue editada en el sitio ALAINET el 18/03/2014 y en Lacelosia el 19/03/2014. Una versión actualizada fue publicada con posterioridad en la Revista Paquidermo.



ENGLISH VERSION:

CRIMEA CONSULTATION: THE DECISION TO JOIN RUSSIA AND THE DIPLOMATIC BATTLE



Chart of Crimea (Article of El Mundo.es).



We read (see article) that "Over 95 percent of voters in the Crimean referendum have answered ‘yes’ to the autonomous republic joining Russia and less than 4 percent of the vote participants want the region to remain part of Ukraine, according to preliminary results". Crimea consultation´s results (over 95% in favour of joining Russia) this week-end constitutes a new issue in the diplomatic battle bewteen Europe and United States and their allies on one hand, and Russia on the other. 24 hours before, United States failed to obtain a resoluction on Crimea due to Russia´s veto at United Nations Security Council (see official press release of United Nations). Following UN official press realease, we read that "Thirteen of the Council's 15 members voted in favour of the draft text, Russia voted against, and China abstained. A veto by any of the Council's five permanent members – China, France, Russia, the United Kingdom and the United States – means a resolution cannot be adopted. The resolution would have reaffirmed Ukraine's “sovereignty, independence, unity and territorial integrity” and declared that Sunday's referendum which could lead to Crimea's break with Ukraine and union with Russia, “can have no validity”.

Last March 6, Crimea Parliament declared the independance of Crimea from Ukraine (see text translated by Wikipedia), referring expressely to United Nations Charter, self determination´s people´s rights principle, and ICJ decision of 2010 on Kosovo declaring "legal" the declaration on independance of Kosovo of February 2008. Reference to Kosovo precedent now declared "legal" by ICJ since 2010 will certainly be used by Russia in order to expose European States and United States before their own public opinions. The official position of some European States as well as of United States can be consulted in the list of States in favour of Kosovo independance declaring their views from international law perspective before ICJ (see official list and documents).

In 2008, after Kosovo´s declaration of independance (February), South Ossetia and Abkhasia declared their independance from Georgia in August 2008. Costa Rica has been the first State recognizing Kosovo - even before United States and France, see official listing - as an independent State; and Nicaragua has been the second State after Russia recognizing South Ossetia and Abkhasia as independent States. On the effect of what we could call "paraléllisme inverse" of motivations and reasons given by some States to support politically Kosovo´s independance and others to object it, and the same reasons given to support and object politically South Ossetia and Abkhasia´s independances, see Professor Olivier Corten (Belgium) article (published in French).

jueves, 6 de marzo de 2014

RUPTURA DE RELACIONES DIPLOMÁTICAS ENTRE VENEZUELA Y PANAMÁ, COSTA RICA Y DISCUSIÓN EN LA OEA

A raíz de la ruptura de relaciones diplomáticas entre Panamá y Venezuela, Costa Rica asumirá temporalmente las relaciones consulares del país vecino en Venezuela (ver nota de prensa). Se lee además que Panamá ha solicitado a Costa Rica custodiar sus bienes en Venezuela (ver nota de prensa). Las autoridades panameñas están procediendo al cierre de sus sedes diplomáticas y consulares en Caracas tras la ruptura de las relaciones entre ambos Estados ordenada por las máximas autoridades de Venezuela, no sin antes expresar mediante un comunicado oficial su "asombro" (ver texto reproducido al final de esta nota). El Canciller de Panamá de gira en España interrumpió sorpresivamente su visita a Madrid a raíz de la decisión venezolana, mientras que el Canciller de Costa Rica consideró que la controversia entre ambos Estados es "estrictamente bilateral" (ver nota de prensa).

Esta crisis diplomática se origina en una solicitud hecha por Panamá a la Organización de Estados Americanos (OEA) para convocar a una reunión de los Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados miembros de esta organización hemisférica en relación a la situación en Venezuela, que ha generado intensas consultas entre las distintas cancillerías de América Latina. El 17 de julio del 2013, Panamá había procedido a destituir a su embajador ante OEA por declaraciones muy críticas de éste en relación a Venezuela (ver nota de prensa de La Estrella, Panamá del 17/07/2013). La reunión de consulta de cancilleres de los Estados Miembros de la OEA se convoca usualmente para temas considerados de urgencia y relevancia para la región, y exige al Estado que solicita convocarla, desplegar intensos esfuerzos diplomáticos previos a la cita: por ejemplo, el 24 de agosto del 2012, Ecuador logró convocar una reunión de este tipo - con tres votos en contra de Canada, Estados Unidos, y Trinidad y Tobago y 5 abstenciones entre las cuales Honduras y Panamá - ver nota 1 de nuestro modesto análisis publicado en Francia). En esa oportunidad Ecuador logró además la aprobación de una resolución en relación al asilo diplomático otorgado a Julian Assange en Londres (ver al respecto nota).

El Ex Presidente de Colombia Alvaro Uribe expresó de manera solidaria - y un tanto solitaria - su apoyo a la gestión del Presidente de Panamá. Era predecible que, pese a las "esperanzas" de la diplomacia de Panamá, esta solicitud fuese objeto de una votación en la OEA en la cual se medirían las alianzas respectivas de Venezuela y de Panamá (Nota 1): rechazada la propuesta inicial de Panamá, así como una iniciativa de la diplomacia peruana para la elaboración de informes periódicos sobre la situación en Venezuela (ver nota), la Declaración sobre Venezuela finalmente adoptada el 7 de marzo por el Consejo Permanente de la OEA (ver texto reproducido al final de esta nota) cuenta con el voto en contra de Canadá, Estados Unidos, y Panamá, y viene acompañada de notas de pie de página de las delegaciones de los dos últimos, que reproducimos de igual manera. El hecho que Panamá haya votado en contra de un texto que resulta de su propia gestión ante la OEA es indicativo del carácter un tanto precipitado de su iniciativa, la cual, según parece, no fue acompañada de consultas políticas previas antes de ser oficializada. No es la primera vez que Panamá acompaña a Estados Unidos y a Canadá en un voto en contra en la OEA: ocurrió en el 2013 en relación a una solicitud para convocar a la OEA sobre las insólitas condiciones en las que realizó un vuelo el Presidente Evo Morales de Bolivia el 2 de julio del 2013 entre Moscú y La Paz (ver nota de prensa y una modesta nota - en francés - publicada en el Boletín francés Sentinelle de la Sociedad Francesa para el Derecho Internacional (SFDI).

El solitario apoyo del ex presidente colombiano Uribe - en campaña para las elecciones legislativas realizadas en Colombia el 9 de marzo - a la gestión inicial de Panamá nos recuerda que el 22 de julio del 2010, tras acusaciones de Colombia de presencia de guerrilleros en la zona fronteriza entre ambos Estados, Colombia y Venezuela rompieron sus relaciones diplomáticas. Estas fueron reconducidas como parte de los primeros gestos políticos del nuevo Presidente de Colombia Juan Manuel Santos el 10 de agosto del 2010.

Recientemente, Venezuela reanudó sus relaciones diplomáticas con Paraguay, suspendidas en los primeros días de julio del 2012, a raíz de la destitución por parte del Congreso de Paraguay del Presidente Fernando Lugo el 22 de junio.

La llamada a consulta de un embajador, a la que recurrió por ejemplo recientemente Costa Rica en relación a declaraciones del Presidente de Nicaragua (ver nota), las notas verbales, las notas de protesta, la suspensión de relaciones económicas, la expulsión de agregados militares o de diplomáticos (incluyendo al jefe de misión) o la ruptura de relaciones diplomáticas forman todas parte del abanico de medidas que está a disposición de los aparatos diplomáticos de los Estados para manifestar su malestar o su incomodidad por declaraciones, acciones u omisiones consideradas ofensivas. La ruptura de relaciones diplomáticas es ampliamente admitida por la práctica internacional. No se considera que violente ninguna obligación derivada del derecho internacional publico. Si la situación lo amerita, la ruptura de las relaciones diplomáticas se decide sin mayores preámbulos, como en el caso de Venezuela y de Panamá, o bien como ocurrió por ejemplo en marzo del 2008 entre Ecuador y Colombia después de una incursión militar tipo comando de Colombia en territorio ecuatoriano (en el marco de la operación denominada "operación Fénix"). La ruptura de relaciones diplomáticas puede extenderse por más de 50 años, como en el caso de Bolivia y Chile desde 1962 (Nota 2), o bien por algunos años, como ocurrió entre Ecuador y Colombia (Nota 3) o bien por unos pocos días, como ocurrió entre Nicaragua y Colombia a inicios de marzo del 2008 (Nota 4).

Es muy probable que la falta de pericia de la diplomacia panameña y la experiencia de la diplomacia venezolana y la de sus aliados en el seno de la OEA hayan permitido que la iniciativa panameña se revierta contra sus promotores: calificada como un verdadero triunfo diplomático por parte de la diplomacia de Venezuela, el voto para aprobar esta resolución sobre Venezuela evidencia nuevamente el aislamiento de Estados Unidos y de Canadá en el seno de la OEA. Ninguno de los Estados anglófonos del Caribe (a veces llamados por Estados Unidos para evitar exhibir su completo aislamiento) consideró oportuno acompañar en estos momentos al bloque opositor. El saldo final de la iniciativa panameña conlleva ahora una consecuencia inmediata: la ruptura de las relaciones diplomáticas ordenada por Venezuela. Esta decisión viene a complicar singularmente la vida de los panameños radicados en Venezuela, así como la de los muchos venezolanos que viven en Panamá. Adicionalmente, esta ruptura de canales políticos al más alto nivel vuelve más compleja y torna más incierta la resolución de las controversias bilaterales entre ambos Estados.

Nota 1: Ver nota sobre sesión del Jueves 6/03/2014 en la OEA, "El ALBA impone su mayoría e impide una resolución de la OEA sobre Venezuela. Tras más de ocho horas de reunión, la falta de consenso sobre la llamada al diálogo entre las partes obliga a posponer el debate para el viernes". En una nota posterior del 7/03/2014, se lee que la resolución finalmente adoptada por el Consejo Permanente de la OEA sobre Venezuela contó con el voto en contra de Panamá, Estados Unidos y Canadá únicamente: ver nota: EEUU, Canadá y Panamá disconformes con la declaración de la OEA, solidaria con Venezuela

Nota 2: A raíz del desvío del río Lauca por parte de Chile, Bolivia suspendió las relaciones diplomáticas con Chile desde 1962. Chile en junio pasado ofreció a Bolivia reanudar las relaciones diplomáticas (ver nota de prensa).

Nota 3: Ecuador y Colombia procedieron a reabrir relaciones diplomáticas plenas el 27 de noviembre del 2010 (ver nota de prensa). Sus relaciones habían sido suspendidas en marzo del 2008 debido a una incursión militar de Colombia en territorio ecuatoriano, denominada operación Fénix, la cual permitió obtener, entre otros datos, información que luego sería proporcionada por Colombia a las autoridades de Costa Rica sobre contactos de las FARC en Costa Rica (ver nota de prensa).

Nota 4: En señal de solidaridad con Ecuador, Nicaragua anunció la suspensión de las relaciones diplomáticas con Colombia el 6 de marzo del 2008 (ver nota de prensa), para reabrirlas el 12 de marzo del 2008 (ver nota de prensa).



---DOCUMENTO 1---------COMUNICADO DE PRENSA DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE PANAMA del 5/03/2014-------

Comunicado- Venezuela Publicado el Miércoles, 5 de Marzo de 2014 en Informaciones

Comunicado- Venezuela Miércoles, 5 de Marzo de 2014

El Gobierno de la República de Panamá expresa su asombro por la decisión asumida por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela en el sentido de romper relaciones diplomáticas con nuestro país.

Panamá solo anhela que esa hermana nación encuentre la paz y fortalezca su democracia.

Rechazamos que la iniciativa panameña constituya una injerencia en los asuntos venezolanos. Igual iniciativa fue tomada por el Gobierno de Venezuela en 1989; precisamente cuando Panamá vivía situación similar.

Tomamos una acción por la paz al promover una reunión ante la Organización de los Estados Americanos, con el único fin que coadyuvar a acercar a los diferentes actores en ese país hermano, para fortalecer la democracia y los derechos humanos; no entendemos los temores del Gobierno venezolano.

La respuesta del Gobierno venezolano a esta iniciativa de paz, ha sido pretender que la solución de sus problemas internos pasa por entrar en un conflicto internacional, lo que a todas luces es un error.

Rechazamos como inaceptables las ofensas proferidas por el presidente Nicolás Maduro en contra de nuestro país y su más alta autoridad. El lenguaje soez utilizado es impropio del Presidente de un hermano país.

La medida anunciada por el Gobierno del presidente Nicolás Maduro y el lenguaje utilizado para ello, no deben constituirse una cortina de humo que pretende negar su propia realidad.

Pese a la medida adoptada por el Gobierno de Venezuela, Panamá reitera su llamado a todos los sectores de la sociedad venezolana, para que inicien prontamente un diálogo que permita alcanzar una solución entre venezolanos y hace votos para que la paz y tranquilidad sean alcanzadas.

Por encima de cualquier circunstancia, consideramos que lo fundamental es mantener el diálogo la fraternidad y hermandad de nuestros pueblos, mismo objetivo que una vez fue el sueño de Bolívar; ideales que el Gobierno Venezolano dice compartir.



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---DOCUMENTO 2---------Resolución del Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos (OEA), aprobada el 7 de marzo del 2014 en la reunión extraordinaria del órgano convocada a fin de tratar la solicitud de Panamá para considerar la situación que está viviendo la República Bolivariana de Venezuela------------

SOLIDARIDAD Y RESPALDO A LA INSTITUCIONALIDAD DEMOCRÁTICA, AL DIÁLOGO Y A LA PAZ EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1/ 2/

(Aprobada en la sesión celebrada el 7 marzo de 2014)

En relación con los hechos recientemente acaecidos en la República Bolivariana de Venezuela, el Consejo Permanente declara:

Sus condolencias y solidaridad con las víctimas y sus familiares, con el pueblo y el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, y hace votos para que las investigaciones tengan una rápida y justa conclusión.

Su respeto al principio de no intervención en los asuntos internos de los Estados y su compromiso con la defensa de la institucionalidad democrática y del estado de derecho de acuerdo con la Carta de la OEA y el derecho internacional.

Su más enérgico rechazo a toda forma de violencia e intolerancia, y hace un llamado a todos los sectores a la paz, a la tranquilidad y al respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, incluyendo los derechos a la libertad de expresión y reunión pacífica, circulación, salud y educación.

El reconocimiento, pleno respaldo y aliento a las iniciativas y los esfuerzos del Gobierno democráticamente electo de Venezuela y de todos los sectores políticos, económicos y sociales para que continúen avanzando en el proceso de diálogo nacional, hacia la reconciliación política y social, en el marco del pleno respeto a las garantías constitucionales de todos y por parte de todos los actores democráticos.

Su interés de mantenerse informado sobre la situación y el diálogo instaurado en Venezuela.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1. La República de Panamá presenta sus reservas a la presente declaración.

i. No está de acuerdo con la inclusión de la palabra solidaridad en el título de la Declaración ya que de lo que se trata es de brindar respaldo al diálogo, la paz y la democracia.

ii. Así mismo, considera que el respaldo y aliento a las iniciativas y esfuerzos del gobierno democráticamente electo de Venezuela puede interpretarse como una parcialización hacia el Gobierno, frente al resto de los actores sociales. La referencia a que continúen avanzando en el proceso de diálogo nacional se podría entender como que solo apoyamos el diálogo actual.

iii. Con referencia al último párrafo, la República de Panamá considera que la OEA debe tener una actitud más dinámica y darle seguimiento, a la situación y al diálogo nacional en Venezuela y no solamente declare su interés en mantenerse informado sobre el diálogo ya instaurado.

2. Estados Unidos apoya el llamado a una resolución pacífica de la situación en Venezuela con base en un diálogo auténticamente inclusivo. Sin embargo, Estados Unidos no puede respaldar esta declaración dado que no refleja adecuadamente el compromiso de la Organización de promover la democracia y los derechos humanos en el Hemisferio. Además, la declaración coloca a la OEA en una posición de parcialismo, lo cual no puede hacer.

Específicamente, el párrafo 2 sugiere, incorrectamente, que la supuesta necesidad de mantener el orden y el respeto por el principio de la no intervención tiene prioridad sobre los compromisos de todos los Estados Miembros de la OEA de promover y proteger los derechos humanos y la democracia. La declaración contradice el artículo 2 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos y los principios consagrados en la Carta Democrática Interamericana.

Si bien el párrafo 4 hace referencia al diálogo, este carece de un elemento clave para solucionar los problemas de Venezuela. Para tener éxito, el diálogo debe ser genuino e incluir a todas las partes. La declaración apoya parcialmente un diálogo patrocinado por el gobierno, que ha sido rechazado por importantes sectores de la oposición.


Estados Unidos cree que el diálogo genuino requerirá la participación de un tercero que goce de la confianza de todas las partes. También exigirá el fin de todo intento de reprimir la libertad de expresión y la liberación de los presos políticos. Desafortunadamente, la declaración no promueve suficientemente estos objetivos. La OEA no puede sancionar un diálogo en el cual gran parte de la oposición no tiene voz ni fe. Solamente los venezolanos pueden encontrar soluciones a los problemas de Venezuela, pero la situación actual del país exige que un tercero de confianza facilite el debate mientras los venezolanos buscan estas soluciones.

Por último y fundamentalmente, Estados Unidos no puede concurrir con el llamado de la declaración a un "pleno respaldo de la OEA" a un proceso de diálogo orquestado por un solo actor. La OEA tiene la responsabilidad de permanecer neutral; no puede tomar partido.






La presente nota fue publicada en Cambiopolitico en su edición del 10/03/2014 y en Periodistas-es del 11/03/2014 así como en en la página de ALAINETdel mismo día, en Tribuglobal del día 12/03/2014, en la edición del 13/03/2014 de Informa-tico, en la de Elpais.cr del 14/03/2014 y en el sitio del programa Hablandoclaro (Radio Columbia) del 15/03/2014..