martes, 25 de febrero de 2014

COSTA RICA DEMANDA A NICARAGUA ANTE LA CIJ POR DELIMITACIÓN MARITIMA / COSTA RICA INSTITUTES PROCEEDINGS AT ICJ AGAINST NICARAGUA CONCERNING MARITIME DELIMITATION IN CARIBBEAN SEA AND PACIFIC OCEAN



Mapa 1: Mapa editado por La Nación (Costa Rica) en nota de prensa del 30/07/2013. Mapa 2:Mapa sobre bloques para exploración de hidrocarburos de Nicaragua (reproducido de nota de prensa de Costa Rica Hoy). Mapa 3: mapa sobre zonas marítimas entre Nicaragua y Colombia después del fallo de la CIJ del 19/12/2013. La frontera marítima entre Nicaragua y Honduras fue fijada por la CIJ en el año 2007 (Nicaragua c. Honduras, ver mapas pp. 761-762 de la decisión de la CIJ del 2007). Mapa reproducído de artículo de prensa en Colombia.. Advertencia en relación a los Mapas 1 y 3: los límites Colombia/Nicaragua y Honduras/Nicaragua fueron fijados por la CIJ (2007 y 2012 respectivamente). Los límites Costa Rica/Panamá y Colombia/Panamá mediante tratados en vigor. El límite entre Colombia y Costa Rica fue fijado mediante un tratado que no está en vigor y firmado en 1977. La línea correspondiente al limite entre Costa Rica y Nicaragua del Mapa 1 no cuenta con ningun respaldo legal vigente.

Costa Rica anunció por medio de sus máximas autoridades que presentó este 25 de febrero ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una nueva demanda contra Nicaragua, esta vez para pedir a la CIJ que delimite los espacios marítimos entre ambos Estados en ambos océanos. En el comunicado de prensa oficial de Costa Rica (ver texto), se declara que: "Esta cadena de actos muestran que Nicaragua no tiene ningún interés de llegar a un acuerdo de límites marítimos con Costa Rica de forma negociada, y por el contrario, las acciones más recientes buscan imponer una situación jurídica de hecho para afectar los espacios marítimos a los que Costa Rica tiene derecho de conformidad con el derecho internacional, así como para tratar de apropiarse de recursos naturales como pesca, gas natural y petróleo, que potencialmente pueden estar en las áreas que se nos disputan".

Costa Rica había anunciado justo después de la primera ronda de elecciones del pasado 2 de febrero su intención de demandar a Nicaragua, advertencia que también había anunciado en el mes de julio del 2013 cuando surgió una controversia en relación a mapas de Nicaragua concesionando hidrocarburos a empresas extranjeras, dando lugar a una protesta formal de Costa Rica. En el año 2002, también Costa Rica había emitido protestas de este tipo (ver nota publicada en Costa Rica Hoy). En el 2003 iniciaron negociaciones sobre límites marítimos que se suspendieron a raíz de la demanda presentada de forma unilateral en septiembre del 2005 contra Nicaragua por Costa Rica: un efecto palpable, como muchos otros de la "sanjuanización" de las relaciones entre ambos Estados.

Debido a la configuración distinta en ambas costas, ambos Estados recurren a criterios un tanto disímiles: mientras que en el Caribe Nicaragua pareciera proceder a una delimitación de tipo horizontal, como la intentada recientemente por Chile contra Perú, Nicaragua recurre a la dirección del último trayecto de la línea fronteriza terrestre para delimitar las aguas en el Océano Pacífico. Recordemos que en el Pacífico se da un fenómeno único muy importante para la pesca, de forma permanente o casi, el "domo térmico". Estos criterios de delimitación son muy distintos al de la dirección general de la frontera terrestre usado por la CIJ para fijar las dos fronteras marítimas de Nicaragua con Honduras en ambos mares. Ese último criterio aplicado a la frontera marítima entre Costa Rica y Nicaragua en el Caribe podría dar lugar a una línea más inclinada hacia el sur que la línea horizontal que pareciera querer respetar Nicaragua. Ese mismo criterio daría un resultado más favorable a Costa Rica en el Pacífico que la línea actualmente trazada por Nicaragua. Cada costa siendo distinta desde el punto de vista de su configuración, y desde el punto de vista de los recursos pesqueros y los detectados en su subsuelo, los argumentos deben necesariamente variar. Ello coloca a ambos Estados en una delicada posición desde el punto de vista de la solidez de la consistencia jurídica que deberán defender ante el juez internacional.

Es de notar que si bien varios medios en Costa Rica indican que el costo de esta nueva demanda será de alrededor de 1 millón de US$ por 4 años (ver nota de prensa de La Nación) esta cifra contrasta con los 2 millones de US$ previstos por el entonces canciller René Castro por cada año para el caso de la ocupación ilegal de Isla Portillos (ver nota de prensa de La Nación titulada "País presupuesta 2 millones de US$ por año para juicio en La Haya"). La cifra de 1 millón de US$ contrasta de igual manera con números de las mismas autoridades indicando que Costa Rica ha gastado ya 3 millones de US$ en tres años (ver nota de prensa). Un artículo de prensa señala que existen gastos adicionales no contemplados en esta cifra al declarar las autoridades que: "La Vicecanciller también señaló que hay otros montos que no forman parte del presupuesto y se calculan en especie. Por ejemplo, en el caso del embajador ante la Organización de Estados Americanos (OEA), Edgar Ugalde, quien se moviliza para representar al país ante la CIJ, en la Haya, Holanda". A este respecto, una investigación de algún órgano contralor podría dar una idea más exacta de cuánto se está gastando y de cómo se reparten estas cuantiosas sumas relacionada con los dos procesos pendientes de resolución en La Haya.

Desde octubre del 2010, e incluso desde antes, no ha habido ninguna reunión bilateral a nivel de Ministerios de Relaciones Exteriores o de Presidentes de ambos Estados, sino cartas de protestas de uno a otro en ambos sentidos. Costa Rica presentó una demanda contra Nicaragua en La Haya en noviembre del 2010 (ver nota), Nicaragua una demanda contra Costa Rica en diciembre del 2011 (ver nota), ambos procedimientos dieron lugar a una ináudita "unión" por parte de la CIJ a petición de Nicaragua en abril del 2013 (ver nota). Se estima que una demanda ante la CIJ en materia contenciosa puede durar de 4 a 6 años, si no se presentan incidentes procesales. El caso entre Nicaragua y Colombia duró 11 años, con varios incidentes procesales, mientras el caso entre Perú y Chile recientemente zanjado por la CIJ (sin incidentes de ningún tipo) duró 6 años. Leemos en un artículo reciente sobre gastos en La Haya que: "Tras el fallo el gobierno uruguayo transparentó las cifras manifestando que en tres años Uruguay gastó US$ 5.449.224 millones en honorarios de abogados y U$S 1.968.662 en viáticos, lo que daba un total de US$ 7.417.886. En tanto, la cancillería argentina precisó que en el mismo proceso los recursos totales afectados completaron los US$ 2.549.137". Colombia por su parte está innovando puesto que sin bien no se sabe cuanto se gastó exactamente en el juicio que duró 11 años contra Nicaragua ante la CIJ (en parte gracias a incidentes procesales de la misma Colombia, como la presentación de excepciones preliminares), sí se sabe que ya lleva mas de 2 millones de US$ en honorarios a firmas de abogados internacionales y nacionales que la asesoran "post" fallo de la CIJ de noviembre del 2012 (ver artículo de prensa). Solamente en honorarios de abogados internacionales, Colombia gastó más de 4,5 millones de US$ en este caso contra Nicaragua (ver nota de prensa). No obstante la importancia de esta cifra, los honorarios de abogados internacionales representan una parte más no la totalidad de los gastos de una demanda en La Haya: estos incluyen otros rubros tales como viajes, viáticos, estudios técnicos, honorarios de peritos, historiadores, cartógrafos, imágenes satelitales, viáticos en La Haya, sueldos de funcionarios nacionales dedicados tiempo completo o casi durante largos años, reuniones de trabajo, elaboración, revisión y traducción de documentos, entre muchos otros rubros. Ex cancilleres de Nicaragua estimaron el costo para su país de la demanda de Costa Rica por la ocupación ilegal de Isla Portillos a un monto situado entre 5 a 7 millones de US$ (ver nota).Un ejercicio legal ante los tribunales en Chile que no prosperó del todo indica que Chile gastó más de 20 millones de US$ en la demanda planteada por Perú recientemente resuelta por la CIJ (ver nota de prensa): este monto recoge los distintos rubros antes mencionados. Se trata posiblemente de un extremo al que es llevado un Estado para sufragar una demanda ante la CIJ interpuesta por su vecino.

Se agradece desde ya a colegas de otras latitudes datos o bien estudios sobre el costo total de un caso en La Haya para un Estado, incluyendo, si tienen acceso a ellos, archivos desclasificados en casos de controversias zanjadas ante la CIJ años atrás que puedan liberarse. Se puede remitir la información por correo - indicando si es del caso omitir la fuente - al siguiente correo electrónico: cursodicr(a)gmail.com



La presente nota un tanto ampliada fue publicada en ALAINET el 5/03/2014 y en Cambiopolítico el 3/03/2014.





ENGLISH VERSION

Costa Rica institutes proceedings against Nicaragua concerning maritime delimitation in Caribbean Sea and Pacific Ocean”



Map 1: Map edited by La Nación (Costa Rica) in a note of 30/07/2013. Map 2:Map of oil concessions of Nicaragua (from a note of Costa Rica Hoy). Map 3: map of maritime zones after ICJ decision of Nov 2012 between Nicaragua and Colombia. The boundary line between Nicaragua and Honduras has been fixed by ICJ in 2007 (Nicaragua c. Honduras, see maps pp. 761-762 of the decision of ICJ of 2007). Map taken from a press article of Colombia.. Remark in relation with Maps 1 and 3: the boundary Colombia/Nicaragua and Honduras/Nicaragua have been fixed by ICJ (2007 and 2012 respectively). The boundary Costa Rica/Panama and Colombia/Panama are fixed through treaties in force. The boundary Colombia/Costa Rica has been fixed in a atreaty of 1977 never ratified by Costa Rica. The line drawn between Costa Rica and Nicaragua of Map 1 is not based on a legal document.

One more time (the forth time in less than 8,5 years), Costa Rica and Nicaragua have initiated new proceedings before ICJ. This time, Costa Rica instituted proceedings against Nicaragua with regard to a “[d]ispute concerning maritime delimitation in the Caribbean Sea and the Pacific Ocean”. In its application, Costa Rica requests the Court “to determine the complete course of a single maritime boundary between all the maritime areas appertaining, respectively, to Costa Rica and to Nicaragua in the Caribbean Sea and in the Pacific Ocean, on the basis of international law” (see official press release of ICJ).

In 2002, Costa Rica protested against Nicaragua due to oil concessions of several blocks in the Carribean Sea. Negociations initiated a few months after, but in 2005, after the presentation of Costa Rica request to ICJ on San Juan river rights of navigation, these negociations were cancelled. The same kind of tensions ocurred last july 2013: Costa Rica announced at that time (july 2013) its intention to present a request before ICJ, and recalled it last February 3rd, one day after the first round of elections in Costa Rica. See our modest note - in Spanish - of TribuGlobal of July 30, 2013. It seems it is the first time in history that two States end systematically their disputes before ICJ in such a short period of time: 4 different requests presented in 8 years and a half.

Sept. 2005: Dispute regarding navigational and related Rights (Costa Rica v. Nicaragua), the unique request at ICJ registered in 2005;

Nov. 2010: Certain activities carried out by Nicaragua in the border area (Costa Rica v. Nicaragua), among two others requests registered by ICJ for the year 2010

Dec. 2011: Construction of a road in Costa Rica along the San Juan river (Nicaragua v. Costa Rica), in a year that registered only a total of two requests at ICJ

Feb. 2014: Proceedings instituted by Costa Rica against Nicaragua on 25 February 2014



. In February 2013, a new tension appeared, due to information leaked to press media: the Colorardo river (see our short note - in French- published in Sentinelle of SFDI). In April 2013, ICJ decided, in a quite surprising order, to join 2010 and 2011 cases in one unique proceedings (see our modest article - in French - published in Sentinelle).

It seems also it is the first time that a request presented before ICJ on martime delimitarion deals with two oceans at the same time: an extremely interesting exercice is probably coming, due to the fact that legal arguments on one coast not necessarilly can be used on the other coast, due to different configuration and resources on each side.

Since October 2010, no top officials bilateral meetings have taken place between Costa Rica and Nicaragua: the illegal occupation of Isla Portillos by Nicaragua forces between October and December 2010 has been considered as an "aggression" and an "invasion" by Costa Rica top officials. We read (see Tico Times note) from Security Minister of Costa Rica that: "The Public Security Ministry also announced plans to install fences around the border’s river deltas to control access in an around the area. New roads will provide better access to border regions. According to the Public Works Ministry, an estimated $2 million will be invested on infrastructure projects to facilitate travel to border communities near the conflict zone, which are currently only accessible by boat. “We will do whatever it takes,” Tijerino told the daily La Nación. “The government has decided to defend territorial integrity. We will be thorough with our defense efforts to defend the sovereignty of national territory”. Tijerino added that the added security measures would be permanent, and any unidentified boats entering Costa Rican territory would be intercepted. In addition to the new security measures along the border, Chinchilla told members of the press on Tuesday that a potential “national defense tax” may be created to pay for the cost of the increased border security efforts.". The two MFAs have exchanged since October 2010 and during these last years several protests notes related to San Juan river, Isla Portillos, Guanacaste and oil concessions in the sea, as well as to Colombia´s sudden decision not to implement ICJ decision of Nov 2012 in its dispute with Nicaragua (resulting in a sudden "alliance" expressed before UNGA in New York between Costa Rica and Colombia against Nicaragua (see our note published by Laval University - in French- of Sept.2013 and Bruno Stagno, former Costa Rican Minister of Foreign Affairs remarks quoted at the end).

We read in an specialized article of 2001 of Professor Cesare P.R Romano on ICJ and developping countries (see article, p. 552) that "How much it costs in the end to litigate a case is usually not made public. The final figure might be hidden in the folds of the budget of a country’s ministry of justice or foreign affairs, and, if private lawyers are retained, will remain hearsay. It seems that litigating an average international case that makes it to a final judgment might cost millions of US dollars". In December 2010, Minister of Foreign Affairs of Costa Rica René Castro announced 2 millions US$ / year to cover expenses for the first case presented by Costa Rica to ICJ related to Portillos area (see Tico Times note). However, this week, Costa rican authorities estimated to 1 US$ million the costs of this new case as a whole. Two oceans been delimited with a single request to ICJ with just 1 US$ million cost for Costa Rica is certainly a great financial operation and a wonderful new for the Ministry of public finances of Costa Rica. More seriously, in an article published in 2005, we refer to an estimated cost for each State in an ICJ proceeding of a undetermined range situated between 3 to 10 US$ millions: due to the fact that the real cost for a single State of an ICJ proceedings seems to be a well preserved secret, this assertion is based on some numbers given, among others, by Professors Derek Bowett, Jean Pierre Cot and quoted also by Professor Alain Pellet (see article of Professor Alain Pellet, Footnote 39, p. 352). Our article of 2005 until this date has note been objected and we reproduce part of its content: "Para el jurista francés Jean-Pierre Cot, se trataría de "varios millones de euros", mientras que el asesor británico Derek Bowett sitúa el monto entre 3 y 10 millones de dólares. Por su parte, Alain Pellet indica que, en el caso del Golfo de Maine (1984), EE. UU. reconoció haber superado los 8 millones de dólares, mientras que Canadá reconoció un gasto por 6,5 millones de dólares. En cuanto al mínimo histórico practicado, este mismo autor cita el caso entre Burkina Faso y Malí (1986) que ascendió a menos de medio millón.". In a recent press article published in Chile we read that Uruguay officially recognized having spent US$ 7.417.886 and Argentina US$ 2.549.137 during the case of Pulp mills (2006-2010) before ICJ. Recently Chile recognized having spent more than US$ 20 millions in the case of maritime delimitation with Peru (see press note) resolved one month ago by ICJ (2008-2014). We would be extremely grateful to our colleagues and readers, mainly those living in States with former proceedings before ICJ concluded, to provide us with some materials or studies, or even declassified documents of their MFA related to recent estimations made on the exact cost for a State to bring a case before ICJ until final judgement. If required, confidentiality of source can be accepted. The e-mail to receive correspondance is the following: cursodicr(a)gmail.com.

jueves, 13 de febrero de 2014

DERECHO HUMANO A LA PAZ: REUNIÓN DE SAN JOSE III



El Dr. Carlos Villán Durán, Presidente de la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. La M.Sc. Adilia Caravaca, Presidenta de la Liga Internacional de Mujeres Propaz y Libertad y la Dra. Sonia Picado, Presidenta del Instituto Interamericano de Derechos Humanos.



El pasado 11 de febrero se realizó en San José en la sede del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IDH) un foro denominado " El camino hacia el derecho a la paz como derecho humanos", auspiciado por el IIDH, así como por la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH), el Observatorio Internacional de Derecho Humano a la Paz y La Liga Internacional de Mujeres para la Paz y la Libertad (Women´s League for Peace and Freedom). En esta ocasión, los participantes adoptaron la Declaración de San José III sobre el Derecho Humano a la Paz (ver texto final), que solicita a Costa Rica y a los demás Estados de América Latina a apoyar los esfuerzos en las Naciones Unidas para codificar mediante un nuevo instrumento normativo de carácter universal el derecho a la paz como un derecho humano. Desde el 2013, Costa Rica preside el Grupo de Trabajo a cargo de la elaboración de esta novedosa propuesta en Ginebra. Es de recordar que se trata de una iniciativa impulsada desde la sociedad civil mundial, y liderada por la AEDIDH desde el 2007. En el año 2012, se había adoptado en una reunión similar la Declaración de San José I (ver texto), seguida en el 2013 de la Declaración de San José II sobre el Derecho Humano a la Paz (ver texto integral) aprobada en un foro similar (ver nota de prensa).

Anterior a ello, en septiembre del 2011, para la celebración del Dia Mundial de la Paz, dos reconocidas figuras de la música, Miguel Bosé y Juanes se dieron cita en Ginebra para apoyar esta novedosa iniciativa que ha logrado en muy pocos años entrar al sistema de Naciones Unidas. En el 2013, Miguel Bosé volvió a apoyar con su presencia este proyecto, en un foro celebrado en Ginebra. Además de la notas de ambos afamados músicos en favor de la paz mundial, se lee por parte de Costa Rica que "Christian Guillermet, representante permanente adjunto de Costa Rica ante las NN. UU. en Ginebra y presidente relator del grupo de trabajo para un proyecto de declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho a la paz, tomó luego la palabra para afirmar que América Latina apoya este proceso. De hecho, Cuba, en nombre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) presentará al Consejo de Derechos Humanos un documento solicitando que la paz sea considerada como uno de esos derechos fundamentales. Este proyecto tiene una base regional para luego seguir adelante y expandirse. Christian Guillermet desea que se renueve el mandato del grupo de trabajo y que se preserve un ambiente de consenso: "Hay que ir construyendo posiciones convergentes y abarcar a la sociedad civil con las ONG ya que una fundación como «Paz sin Fronteras es la caja de resonancia para los ciudadanos de a pie.»

UN CAMINO DIFICIL PERO CAMINO AL FIN

Al tratarse de una iniciativa que busca frenar la violencia imperante en el mundo y el comercio de armas que la alimenta, en junio 2013, la iniciativa contó con la oposición de España y de varios países europeos productores de armas (ver nota de prensa de PUBLICO). Un año anterior, en julio del 2012, por 34 votos a favor, 12 abstenciones y un solo voto en contra (Estados Unidos), el Consejo de Derechos Humanos estableció un grupo de trabajo de composición abierta que, en colaboración con la sociedad civil, se encargaría de la redacción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho a la paz (ver nota de ELPAIS). En febrero del 2013, las delegaciones de los Estados que participaron a la primera sesión de este grupo de trabajo se mostraron en su mayoría dispuestas a apoyar el proceso de discusión no sin advertir de los riesgos que implica (ver texto de posiciones oficiales). En septiembre del 2013, un voto en Naciones Unidas en un tema no del todo ajeno al derecho humano a la paz dejó de igual manera completamente aislada a la delegación de los Estados Unidos: el Consejo de Derechos Humanos, mediante votación mayoritaria (42 votos favor, 4 abstenciones y 1 en contra perteneciente a Estados Unidos), adoptó una resolución sobre el impacto de la transferencia de armas en los derechos humanos durante los conflictos armados. La resolución urgía a los Estados que dejen de transferir armas cuando exista riesgo de que aquellos elementos sean utilizados para violar derechos humanos en conflictos armados.



Niños españoles con armamento pesado durante exposición en España. Foto extraida de una nota del sitio www.burbuja.info, disponible aqui.

EL CASO DE COSTA RICA:

El Derecho Humano a la Paz fue objeto de una primera aproximación del juez constitucional en el año 2004 en la sentencia Resol. 2004-9992, que obliga al Ejecutivo a retirar a Costa Rica de la Coalición en guerra contra Irak liderada por Estados Unidos. Esta acción fue interpuesta por un entonces joven estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR), el señor Luis Roberto Zamora Bolaños, aduciendo, entre muchos argumentos, que Costa Rica cuenta con una tradición de paz y no militarista que le impide participar a semejantes acciones, aunque sea de manera nominal. Obligadas a explicarse ante el juez, las autoridades de Costa Rica intentaron justificarse pero reconociendo esta misma tradición de paz y de apego al derecho internacional. Luego de oír a unos y otros, la respuesta del juez constitucional reviste un enorme interés desde el punto de vista de la técnica jurídica Leemos que para la Sala, "Existe una base común en las alegaciones y respuestas de todos los intervinientes en este proceso, en el sentido de reconocer la existencia de la paz como uno de los valores constitucionales que informan nuestro ordenamiento, claramente distinguible no solo mediante la comprensión sistemática de nuestro texto constitucional, sino también como "constitución viva", según denomina la doctrina aquella particular manera en que el bloque normativo constitucional es entendido y actuado en la realidad por la sociedad. Tal criterio es compartido también por la Sala pues coincide con la visión que éste órgano ha plasmado ya en diversos pronunciamientos sobre el tema". Esta sentencia 2004-9992 con fecha del 8 de septiembre de 2004 manifiesta que la paz constituye un valor “fundante” de la Nación de Costa Rica, que “legitima a cualquier costarricense para defenderlo, sin necesidad de juicio previo” y que puede ser considerado como “un interés que atañe a la colectividad en su conjunto”.

El derecho humano a la paz ha servido de fundamento para pedir la anulación de un Decreto del Ministerio de Salud del 2006 que promovía la extracción y producción de material nuclear con fines bélicos: ver sentencia Res. Nº 2008-14193, en la que: “Se declara con lugar la acción. Se anulan los apartados 1200 Extracción de Minerales de Uranio y Torio, 2330 Elaboración de Combustible Nuclear, y 2813 Fabricación de Generadores de Vapor del Anexo #1 del Decreto Ejecutivo #33240-S del 30 de junio del 2006, todo sin perjuicio de lo dicho en el último considerando”. Esta sentencia consagra la paz como un derecho humano, y como tal, exigible al Estado costarricense.

Este mismo derecho a la paz también ha servido de fundamento en acciones ante la Sala Constitucional y ante el Tribunal Contencioso Administrativo para exigir, por ejemplo, que Costra Rica no envíe delegaciones oficiales a desfiles militares en España: se trata del voto 15245-2006 que concluye estableciendo que: "Se declara con lugar el recurso. Se le ordena al Presidente de la República y al Ministro de Seguridad Pública abstenerse de enviar delegaciones a actividades militares que den a entender, en contra del Derecho de la Constitución, que Costa Rica posee un ejercito. Se le ordena al Gobierno de la República efectuar las gestiones diplomáticas necesarias para modificar la página oficial de la Casa Real Española, en lo que respecta a la información atinente a Costa Rica". De igual manera, para que los policías de Costa Rica no reciban entrenamiento en la Escuela de las Américas; o bien el pedir como ciudadano la anulación de decretos armamentistas por parte de la jurisdicción contenciosa administrativa. Se trata de textos adoptados de manera un tanto sorprendente en Costa Rica en los últimos años, entre otras acciones, y que el derecho humano a la paz permite anular al violentar la tradición pacifista y no militarista de Costa Rica.



Para mayor información sobre la discusión doctrinaria a la que ha dado lugar este derecho humano a la paz:

Artículo del Dr. Gilbert ARMIJO, quién es el actual Presidente de la Sala Constitucional de Costa Rica, en particular pp.258 y ss.

Artículo de la Dra. Ana SALADO OSUNA sobre la Declaración de Luarca del 2008

Articulo del Dr. Luis Roberto ZAMORA BOLAÑOS, “Reconocimiento y aplicación judicial del derecho humano a la paz en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional de Costa Rica”, in VILLAN DURAN C. FALEH PEREZ C. (Ed.), Contribuciones regionales para una Declaración Universal sobre el Derecho a la Paz, AEDIDH, Narcea Ed., Madrid, 2010, pp. 419-433. Texto integral de esta publicación que incluye otras valiosas contribuciones de diversos autores disponible aquí.







La presente nota fue publicada en ALAINET el 13/02/2014 y en una versión ampliada en el medio digital Informa-tico y en el periódico digital Cambiopolitico el 14/02/2014.

Para un análisis más técnico y jurídico sobre los alcances del derecho humano a la paz, se recomienda la lectura de una versión más extensa de esta nota, con referencias bibliográficas, notas en pie de página, la cual fue publicada en Periodistas-es.com el pasado 16/02/2014.

lunes, 10 de febrero de 2014

EMPRESA MINERA INFINITO GOLD ANUNCIA NUEVAMENTE QUE DEMANDARA A COSTA RICA ANTE EL CIADI POR PROYECTO MINERO DE CRUCITAS



Foto de manifestación contra el proyecto minero Crucitas de la empresa canadiense Infinito Golds en San José, Costa Rica (extraída de una nota del rotativo Tico Times).

En el día de hoy, la empresa minera canadiense Industrias Infinito anunció nuevamente que demandará a Costa Rica ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionista Extranjero y Estado, también conocido por sus siglas ICSID en inglés o CIRDI en francés), un órgano adscrito al Banco Mundial.El monto indemnizatorio exigido es esta vez por 94 millones de dólares, según notas en medios de prensa. En el mes de enero del 2014, una nota de prensa publicada en Costa Rica Hoy indicaba que la empresa minera Infinito Gold mantenía la idea de un arbitraje internacional contra Costa Rica por la suspensión del proyecto minero ubicado en Las Crucitas. El monto indemnizatorio pretendido por la empresa minera contra Costa Rica era entonces de 1.092 millones de US$

La amenaza de recurrir a este arbitraje ante el CIADI fue anunciada, como bien se sabe, en el mes de abril del 2013 durante una conferencia de prensa en Costa Rica (ver nota de La Nación). El pasado 4 de octubre del 2013 se cumplieron los 6 meses de preaviso que estipula el tratado bilateral de inversiones entre Costa Rica y Canadá que la empresa minera menciona en su carta enviada a las autoridades de Comercio Exterior en abril pasado (ver texto completo).

Cabe recordar que en una histórica decisión dictada el 24 de noviembre del 2010 (ver texto completo de la sentencia del TCA), el Tribunal Contencioso Administrativo de Costa Rica anuló todos los actos jurídicos sobre los que se sustentaba dicho proyecto minero y recomendó una investigación por parte de la Fiscalía a altos responsables políticos (incluyendo al Presidente Oscar Arias Sánchez) y a funcionarios de entidades a cargo del ambiente. En relación al inversionista extranjero canadiense, el Tribunal dictaminó que: “Además, todo empresario o inversionista, nacional o extranjero, tiene la certeza de que si cumple con los requisitos normativos, podrá llevar adelante su actividad, pero que, si no los cumple, no podrá desarrollarla. En ese sentido, esta sentencia sólo viene a reforzar la certeza de los empresarios e inversionistas sobre a qué deben atenerse. No puede invocarse la seguridad jurídica o la inversión extranjera para pretender mantener vigente conductas administrativas completamente ilegales” (párrafo XXX). Dicha sentencia fue confirmada por la Sala Primera de Costa Rica en noviembre del 2011 en todos su extremos por voto unánime de sus integrantes.

A inicios del 2013 una decisión del CIADI a favor de Venezuela en relación a una demanda similar por un monto similar de la empresa minera canadiense anteriormente a cargo de este proyecto minero en Costa Rica arrojó algunas dudas sobre las posiciones oficiales defendidas por autoridades de Costa Rica en el mes de julio del 2010 (ver breve artículo publicado en Costa Rica Hoy).

En enero pasado se publicó en Embassy News (Canadá) un extenso artículo (ver texto) que da cuenta de la intensa labor de varias ONGs de Canadá en la colecta de firmas contra este arbitraje, así como de las serias limitaciones que estipula el tratado bilateral de inversiones (TBI por sus siglas en español o FIPA por sus siglas en inglés) para el inversionista en este preciso caso.

martes, 4 de febrero de 2014

EPI: INDICE DE DESEMPEÑO AMBIENTAL: COSTA RICA BAJA DE LA POSICiÓN 5 A LA POSICIÓN 54



Figura extraida del articulo del Tico Times titulado: "Costa Rica no longer ranks in the world's top 'green' countries".



Según el último informe realizado por la Yale University sobre desempeño en materia ambiental (indicador EPI) Costa Rica está ubicado en el puesto 54 (ver tabla). La metodología usada para el EPI recurre a diversas variables y ha demostrado hacer sus pruebas a nivel mundial, al ser por ejemplo escogida por el Foro Económico Mundial para evaluar a los Estados en materia ambiental (Nota 1).

La posición 54 de Costa Rica contrasta singularmente con el puesto 5 del que beneficiaba en el año 2012 (ver nota de prensa). En anteriores calificaciones realizadas a nivel mundial por las universidades de Yale y de Columbia, Costa Rica se posicionaba en el lugar número 5 (2006), en el lugar número 3 (2010) y número 5 (2012). Los países que acompañaban en el 2012 a Costa Rica entre los mejores lugares se mantienen en este nueva evaluación del 2013 a niveles altos, en particular Suiza, Noruega y Luxemburgo (que precedían a Costa Rica entre los 5 mejor evaluados en el 2011): según la nueva medición, tenemos de 1ero a Suiza, de 2o a Luxemburgo y de 10mo a Noruega. La medición del 2014 indica además que Chile (puesto 29) pasa a encabezar a los países de América Latina, seguido por Ecuador (53), Costa Rica (54), Venezuela (57), Panamá (58), Cuba (64), México (65), Uruguay (70), República Dominicana (75), Brasil (77), Colombia (85), Bolivia (87), Nicaragua (90), Argentina (93), Honduras (97), Guatemala (98), Perú (110), El Salvador (115), Paraguay (133). Finalmente, Haití cierra esta lista, ubicado en la ante penúltima posición a nivel mundial (176). Notemos que Colombia pasó del 9o lugar (posición en el 2008 que ya dejaba a algunos autores escépticos) al lugar 10 (2010), 27 (2011) y 85 con la medición hecha pública en este 2014, mientras que el Perú “progresó” (ver artículo) del rango 31 (2010), al 81 (2012) y ahora se ubica en el lugar 110 (2013).

El hecho para Costa Rica de ser parte del privilegiado "TOP 5" a nivel mundial en materia de desempeño ambiental ha sido usado en el pasado por representantes oficiales de Costa Rica en diversos foros y cumbres internacionales, e incluso encontramos referencias a él en los alegatos orales presentados por Costa Rica ante los jueces de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en La Haya: por ejemplo, en marzo del 2009 (verbatim, p.14, nota 5). En estos días la prensa de Costa Rica ha señalado este notorio descenso sufrido por Costa Rica (ver nota de El Financiero y Costa Rica hoy), calificándolo incluso de "estrepitoso" (Tribuglobal) sin que las autoridades expliquen su posición al respecto salvo "cuestionar" este último informe.

Un descenso tan pronunciado evidencia, entre otros deterioros que el Estado de la Nación ha puesto de manifiesto en sus últimos informes, una manifestación más del doble discurso ambiental que prevalece en Costa Rica en los últimos años: una de las primeras denuncias públicas colectivas en relación a este discurso "verde" hacia el exterior que no guarda mayor relación con las políticas que se gestan en torno al ambiente, se expresó en junio del 2008 (ver texto de "Manifiesto Público en Defensa de la Naturaleza"). Unos meses después, un foro realizado en la Universidad de Costa Rica en el 2009 se titulaba precisamente: "Técnicas para evadir la legislación ambiental en Costa Rica: el caso del MINAET". Un artículo de finales de 2007 en El Financiero ya advertía del nombramiento de algunos jerarcas con un bisturí para intervenir una entidad técnica tan importante para el ambiente en Costa Rica como la Secretaría Técnica Nacional del Ambiente, SETENA: gran parte de los escándalos mayores en materia ambiental se dieron meses después y siguen siendo la tónica desde entonces, en particular cuando se trata de proyectos ligados de una u otra forma a la inversión extranjera.

Es altamente preocupante que las autoridades de Costa Rica no hayan encontrado mejor salida ante la opinión pública que la de cuestionar (ya sea de manera directa o indirecta) la metodología usada por la Universidad de Yale para elaborar el EPI (la cual no parece afectar mayormente a los países que acompañaban a Costa Rica en el 2011 en las mejores posiciones 2 años después). A este respecto las recientes declaraciones del titular de la cartera de ambiente merecen ser leídas una y otra vez (Nota 2). Son muchas, variadas y documentadas las recomendaciones hechas por el Estado de la Nación desde hace varios años cuya desatención ahora se ve precisamente reflejada en los indicadores negativos que arroja el nuevo ranking de EPI para Costa Rica. Al parecer, estas (y muchas otras …) advertencias no han encontrado eco alguno. En cambio, es sorprendente el eco que ha tenido el intenso esfuerzo desplegado en estos días por algunos jerarcas del Estado costarricense (tendiente a desacreditar la metodología EPI) en algunos responsables de entidades universitarias e incluso en algunos representantes de entidades de sociedad civil: suficiente es el tener que asistir (una y otra vez …) a operaciones de maquillaje discursivas del aparato estatal costarricense ante la opinión pública para intentar justificar los injustificable, sostener lo insostenible y ahora, EPI 2014 en mano, obviar lo obvio.

Nota 1: Ver la entrevista del 6/02/2014 a la Dra. Hsu, de la Universidad de Yale, sobre el desempeño de Costa Rica evaluado para calcular el EPI en el 2014 disponible aquí.

Nota 2: Ver declaraciones dadas en el artículo del 6/02/2014 titulado: "Desempeño ambiental tico en la picota. Universidad de Yale refleja caída y Minae dice que no"



La presente nota fue publicada en el sitio de ALAINET y de Cambiopolítico el 5/02/2014 y en Elpais.cr el 7/2/2014.