jueves, 29 de noviembre de 2012

LA DENUNCIA DEL PACTO DE BOGOTA POR PARTE DE COLOMBIA



Foto: José Miguel Insulza, Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA) - (Fuente: nota de prensa)

En el día de hoy, la Secretaría General de la OEA recibió la nota oficial mediante la cual Colombia denuncia el Tratado Americano sobre Soluciones Pacíficas, (ver texto completo), más conocido como Pacto de Bogotá, que Colombia suscribió el 30 de abril de 1948 y que ratificó el 14 de octubre de 1968. Se trata de un tratado emblemático del derecho internacional público, de obligatoria referencia en todos los capítulos sobre solución pacifica de controversias de todo manual de derecho internacional público, y que ha servido de base para resolver una gran número de conflictos entre Estados de América Latina. Al recibir esta notificación, el Secretario General de la OEA lamentó este acto unilateral de Colombia (ver comunicado oficial de la SG/OEA). Esta decisión de Colombia se oficializa a diez días de conocerse el contenido del fallo por parte de Corte Internacional de Justicia (CIJ) que zanjó la larga disputa entre Nicaragua y Colombia en materia de delimitación marítima en el Mar Caribe. Las motivaciones oficiales dadas por las autoridades de Colombia a medios de prensa indican que busca proteger sus intereses territoriales y marítimos con esta denuncia, para evitar ser llevada nuevamente ante la CIJ sobre la base de este tratado regional suscrito en el marco de la OEA en 1948. El Presidente de Colombia no dudo en declarar al anunciar este retiro o denuncia que: "Nunca más, nunca más nos debe volver a suceder lo que ocurrió con el fallo del 19 de noviembre, proferido por la Corte Internacional de Justicia" (ver comunicado oficial de la Presidencia del 28/11/2012)..



LA FIGURA JURÍDICA DE LA DENUNCIA. La denuncia es reconocida por el derecho internacional público y estipulada en la misma Convención de Viena de 1969 sobre Derecho de los Tratados al precisar en su artículo 56 que "Artículo 56. Denuncia o retiro en el caso de que el tratado no contenga disposiciones sobre la terminación, la denuncia o el retiro. 1. Un tratado que no contenga disposiciones sobre su terminación ni prevea la denuncia o el retiro del mismo, no podrá scr objeto de denuncia o de retiro a menos: a) que conste que fue intención de las partes admitir la posibilidad de denuncia o de retiro: o b) que el derecho de denuncia o de retiro pueda inferirse de la naturaleza del tratado. 2. Una parte deberá notificar con doce meses, por lo menos, de antelación su intención de denunciar un tratado o de retirarse de él conforme al parrafo 1.".



En el caso del Pacto de Bogotá, la cláusula referida a la denuncia esta estipulada en el Articulo LVI. “El presente Tratado regirá indefinidamente, pero podrá ser denunciado mediante aviso anticipado de un año, transcurrido el cual cesará en sus efectos para el denunciante, quedando subsistente para los demás signatarios. La denuncia será dirigida a la Unión Panamericana, que la transmitirá a las otras Partes Contratantes. La denuncia no tendrá efecto alguno sobre los procedimientos pendientes iniciados antes de transmitido el aviso respectivo.

OPCIONES JURIDICAS POSIBLES: La posición de Colombia de evitar a futuro ser llevada nuevamente ante la CIJ por asuntos marítimos denota cierta insatisfacción con la decisión de la CIJ, pero no dejan de ser discutibles algunas afirmaciones hechas por su máximas autoridades a raíz del fallo de la CIJ del pasado 19 de noviembre del 2012. Pareciera más bien que asistimos a una reacción de frustración ante la falsa expectativa creada ante la opinión pública colombiana (lo cual no es imputable a la CIJ o a los instrumentos internacionales que reconocen su competencia). Dejando a un lado este punto, varias opciones se presentaban a las autoridades de Colombia en estos momentos: una de ellas, era la de emitir alguna reserva que limitara el alcance de la competencia de la CIJ en relación a sus derechos territoriales, tal como lo hicieran varios Estados al firmar el Pacto de Bogotá en 1948 (Argentina, Bolivia, Ecuador, Estados Unidos, Nicaragua, Perú y Paraguay) o bien al momento de ratificarlo (Bolivia y Chile). Precisamente El Salvador, al denunciar el Pacto de Bogotá en 1973 (único Estado en haberlo hecho hasta esta semana) había precisado entre otros argumentos en su nota del 24 de noviembre de 1973, que “las realidades evidenciadas en el transcurso del tiempo, por la falta de ratificación de tal instrumento por gran número de los paí-ses que lo suscribieron, demuestran que el sistema estructurado en el Pacto de Bogotá no ha resultado eficaz para los propósitos que lo inspiraron, y que no es aceptable para muchos Estados americanos, ya que varios de entre ellos lo suscribieron o ratificaron con reservas, y no todos los nuevos miembros de la organización han adherido a ese Pacto”. No obstante, Colombia ha optado por una opción mucho más radical: la de denunciar oficialmente el Pacto de Bogotá como tal y darle amplia difusión a esta decisión unilateral. El tiempo dirá si esta fue la mejor escogencia para Colombia, o si esta actitud (aunada a los resultados obtenidos por Nicaragua en el Mar Caribe) no podrían eventualmente tentar a Nicaragua para interponer una nueva demanda en los próximos meses, ello antes de cumplirse el plazo de 12 meses para que surta efecto esta denuncia.

UN SISTEMA CADA VEZ MENOS INTERAMERICANO A Colombia y a El Salvador, hay también que sumar a Argentina, a Cuba, a Estados Unidos y a Venezuela, los cuales, si bien firmaron este tratado, nunca lo ratificaron. A esta lista habría que incluir finalmente la mayoría de los Estados Miembros de la OEA anglófonos que nunca ratificaron (ni tan siquiera firmaron) el Pacto de Bogotá, a saber: Antigua y Barbuda, Barbados, Bahamas, Belice, Canadá, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, San Kitts y Nevis, Santa Lucia, San Vicente y Granadinas, y Surinam, Trinidad y Tobago.

Con este denuncia del Pacto de Bogotá objeto de una gran publicidad (acto que pareciera más corresponder a un acto político ante la profunda sensación de frustración de la opinión pública colombiana que a un acto jurídico razonable y sensato), Colombia se convierte en el único Estado del mundo en denunciar un tratado que lleva el nombre de su capital.



La presente nota fue publicada en la edición del 29/11/2012 de Cambio Politico, en las ediciones del 30/11/2012 de Informatico y de www.elpais.cr, en la edición del 1/12/2012 de Costa Rica Hoy y en la edición de La Nación del 8/12/12. Una versión en francés fue publicada en el Boletín 326 de Diciembre del 2012 "Sentinelle" de la Société Française pour le Droit International (SFDI). Bajo la forma de un artículo de corte más académico, se publico de igual manera en el sitio Le Petit Juriste en la edición del 6/12/2012 y en la sección "Opinions libres" del CEI (Centre d´Etudes Interaméricaines") de la Universidad de Laval en Canadá (ver enlace).

No hay comentarios:

Publicar un comentario